El Supremo fija doctrina sobre el alcance de la caducidad en los procedimientos de reintegro de subvenciones 10 de abril de 2018 Jurisprudencia Subvenciones La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo confirma la anulación de dos resoluciones administrativas adoptadas en dos procedimientos de reintegro de subvenciones por haber transcurrido el plazo de caducidad de 12 meses previsto y establece que la Administración no puede dictar una resolución de fondo válida en un procedimiento de reintegro de subvenciones que haya caducado.